Contaminacion acustica – RAC – IEIA

Ruido

Los niveles de ruido se evalúan en función de la presión sonora SPL y la variación integrada de esos niveles en el tiempo Leq.

El SPL es el “sound pressure level” es decir el nivel de presión sonora.

El Leq es el nivel sonoro continuo equivalente

Para poder entender que es el Leq, que es lo que realmente importa cuando necesitamos conocer los riesgos de la contaminación sonora, podemos hacer una analogía con la lluvia, si la lluvia es el ruido, el Leq sería equivalente a los milímetros de lluvia caídos en el tiempo. Para decirlo de manera algo burda pero que permita comprender el concepto, sería la cantidad de lluvia que entro en un balde, como la cantidad de ruido a la que fue sometido un lugar.

En realidad el Leq es la integral del SPL, es decir que calcular el área de la curva del SPL.

La unidad que se utiliza para el ruido es el decibel, la décima parte de un bel, y es una medida arbitraria, toda vez que 1 decibel corresponde a la menor presión sonora que el ser humano detecta normalmente.

La escala es logarítmica, por lo tanto la variación de un decibel es una magnitud grande.

Valores representativos: podemos considerar que 30 decibeles es un ambiente silencioso. Arriba de 65 decibeles estamos en un ambiente ruidoso. Un local bailable tiene normalmente 100 decibeles. La turbina de un avión genera 160 decibeles y rompe los tímpanos. 140 decibeles produce dolor. 200 decibeles producen el colapso de los pulmones y pueden provocar la muerte.

Los valores por encima de 85 decibeles producen daño, la resolución 85/12 de la SRT indica este valor.

El ruido de fondo es el ruido ambiente sin que determinada fuente de ruido esté en funcionamiento.

Otro factor que se tiene en cuenta es tiempo de reverberación, que es el tiempo que demora en caer 60 dB la presión sonora una vez detenida la fuente.

LEY Nº 1540/05 CABA

DE CONTROL DE LA CONTAMINACION ACUSTICA

El objeto de esta Ley es prevenir, controlar y corregir, la contaminación acústica que afecta tanto a la salud de las personas,  al medio ambiente y a las edificaciones, protegiéndolos contra ruidos y vibraciones provenientes de fuentes fijas y móviles,  así como regular las actuaciones específicas en materia de ruido y vibraciones, en el ámbito de competencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

DECRETO REGLAMENTARIO Nº 740-GCBA-07

El decreto reglamentario de la ley N° 1.540,  establece las competencias de la Autoridad de Aplicación, que coordinará las acciones de control, inspección y vigilancia de las actividades reguladas por la normativa vigente.

RAC

Registro de Actividades potencialmente Catalogadas por ruido y vibraciones

Para actividades que han tenido mayor número de denuncias ante los organismos de control, como así también aquellas que por sus características pudiesen ocasionar ruidos y vibraciones molestas a la población. Entre ellas se destacan locales bailables, con música y canto, y algunas actividades industriales que utilizan maquinaria pesada y/o ruidosa.

Establece la obligatoriedad de la presentación de un Informe de Evaluación del Impacto Acústico (IEIA), para la inscripción de las actividades catalogadas.

Define  los Limites Máximos Permisibles (LMP) de emisión e inmisión acústica provenientes de fuentes fijas, para los distintos tipos de actividades, en relación a su localización,  y los límites de emisión provenientes de fuentes móviles.

Correlaciona las Áreas de Sensibilidad Acústica en el Ambiente Exterior (ASAE) determinadas por la Ley, con los Distritos de Zonificación General establecidos por el Código de Planeamiento Urbano.

Determina los  procedimientos técnicos de medición idóneos para determinar  la capacidad de aislamiento que brindan  los locales o edificios, como asimismo para registrar el impacto acústico que generan determinadas actividades sobre el ambiente exterior e interior.

El Anexo X del Decreto reglamentario describe el procedimiento para determinar la capacidad aislante de la envolvente del local.

Los Anexos IV y V describen  los procedimientos para la medición  y evaluación de los niveles sonoros continuos equivalentes generados por la actividad, en el ambiente exterior o en el ambiente interior respectivamente.

El ruido rosa

El ruido rosa es un ruido cuyo nivel sonoro está caracterizado por una densidad espectral inversamente proporcional a la frecuencia.

Es similar al ruido generado entre dos señales de radio.

 

 

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